Interculturalidad, gestión de la
convivencia y diversidad cultural en la escuela: Un estudio de las actitudes
del profesorado.
Introducción.
El texto de Juan Leiva Olivencia aborda el
fenómeno intercultural en las escuelas del presente, puesto que los alumnos
inmigrantes representan en la actualidad buena parte del total, específicamente
en el curso escolar 2006/2007 en el que se basa el estudio del autor son
591.560 alumnos inmigrantes, que constituyen el 8,35% del total. Viendo, por
tanto, la importancia de las cifras, tratará de exponer mediante un estudio
estadístico realizado a aproximadamente media centena de profesores la concepción
educativa de los docentes sobre la interculturalidad y la convivencia en las
escuelas.
1. Diversidad cultural y convivencia en las escuelas.
Multiculturalidad define la
existencia de varias culturas, pero sin procurar cambios reales desde el punto
de vista de la interacción cultural. Por tanto, esto no es a lo que se aspira,
sino la interculturalidad.
Interculturalidad definida como elemento de intercambio fructífero de valores y
actitudes, rompiendo prejuicios y promoviendo una situación democrática y
solidaría. Por tanto, la interculturalidad, se ha convertido en un reto
pedagógico, que constituye todo un desafío para el profesorado, ya que, muchos
algunos de los conflictos tienen que ver con la propia metodología de los
docentes, así como con su actitud hacía un alumnado culturalmente minoritario,
y la propia organización escolar. La mayoría de autores, coinciden en señalar
que los conflictos derivados del multiculturalismo escolar son positivos, a
semejanza de lo que ocurre en el ámbito social, puesto que constituyen
elementos claves para la mejora en las relaciones interpersonales, siempre
desde el respeto y el reconocimiento del otro como legítimo en su diferencia.
Así, el conflicto escolar haría referencia a toda situación escolar donde acontece
una divergencia entre miembros de diferentes grupos culturales por cuestiones
de índole cultural. Para los profesionales la cuestión no radicaría en la
eliminación, e incluso prevención del conflicto, sino en asumir dicha situación
problemática o conflictiva para el enriquecimiento y el trabajo educativo,
facilitando desarrollar valores como el dialogo, el respeto, la participación y
la cooperación. Definido de esta manera el fenómeno, los objetivos de la
educación intercultural convergen en cuatro fundamentos claves: Conocimiento
intercultural, convivencia democrática, igualitarismo y participación
comunitaria.
2. Un estudio cuantitativo sobre las actitudes del profesorado.
Origen de los conflictos:
-
Índole social 51,3%
-
Índole cultural 15,4%
-
Índole académica 10,3%
-
Índole emocional 23%
Mejor opción para afrontar
situaciones conflictivas:
-
Prevención 23,15%
-
Enfrentamiento inmediato 16,84%
-
Aprovechamiento de la situación para educar en
valores 28,4%
-
Consideración del conflicto como instrumento de
aprendizaje 23,15%
-
Educación de forma permanente, tanto si hay
conflicto o no 8,46
Mecanismos de gestión de los
conflictos
-
Mediación intercultural 20,2%
-
Mejora de la colaboración entre familias y
centro 31,5%
-
Trabajo específico con alumnos conflictivos 29,2%
-
Desarrollo de programas de competencias sociales
en el centro 19,1%
¿Presentan los alumnos inmigrantes
conflictos emocionales que condicionan su aprendizaje?
-
Muy de acuerdo 17,9%
-
Bastante de acuerdo 38,5%
-
Poco de acuerdo 30,8%
-
Nada de acuerdo 12,8%
¿Valoran los docentes los
conflictos como una oportunidad para el aprendizaje en su aula y en el centro?
-
Si 75%
-
No 25%
¿Consideran los docentes que en la
escuela existen prejuicios hacia los alumnos de origen inmigrante?
-
Muy de acuerdo 17,5%
-
Bastante de acuerdo 30%
-
Poco de acuerdo 37,5%
-
Nada de acuerdo 15%
3. Interpretación de los análisis cuantitativos. La interculturalidad y
el compromiso del profesorado para la gestión positiva de la diversidad
cultural en la escuela.
Tal y como hemos podido observar el
profesorado está mostrando cada vez con un mayor compromiso, una concepción
positiva sobre los conflictos escolares entendidos como oportunidades de aprendizaje.
Además los docentes en su mayoría hacen
constar que el origen de los conflictos escolares es social, variable de gran
interés que verifica la idea de que la escuela se encuentra afrontando retos no
solamente formativos, sino fundamentalmente sociales en el contexto de una
sociedad en permanente dinámica de cambio.
Por otro lado es cierto, que hay
que reconocer que aún existen docentes que reconocen la existencia de
prejuicios hacia alumnos inmigrantes aunque son pocos. Lo que sí parece más claro
es que el profesorado considera que los alumnos inmigrantes tienen, en
ocasiones, conflictos emocionales que pueden condicionar su aprendizaje y su
rendimiento académico.
De la misma manera, se reconoce que
los docentes están realizando un enorme esfuerzo en comprender que la
diversidad cultural es ya un factor educativo de primera magnitud, pero su
traducción en la práctica escolar está llena de contradicciones y ambigüedades,
de lo cual se deduce que la elaboración de líneas de intervención pedagógica
para los profesores en contextos educativos interculturales constituye un reto
ineludible en la formación de profesores del presente y del futuro.
En realidad, con el estudio se ha
descubierto que el profesorado se encuentra comprometido con que los principios
de la interculturalidad impregnen y formen parte, necesariamente, de los
principios educativos en sus escuelas, y consideran que las actividades
interculturales son fundamentales para favorecer la integración efectiva del
alumnado inmigrante.
Además el profesorado expresa que las
actividades interculturales tienen que dirigirse a toda la población escolar,
no solamente al alumnado inmigrante, lo cual es una idea clave que marca una
orientación manifiestamente favorable a construir la interculturalidad desde
una dimensión más abierta, optimista y comprometida con toda la comunidad
educativa.
Así mismo, existe un alto grado de
compromiso por parte de los docentes en desarrollar acciones educativas
interculturales, de hecho, el perfil del profesorado que trabaja en las
escuelas interculturales es cada vez más el de un profesorado implicado y
concienciado en desarrollar ideas pedagógicas innovadoras y transformadoras.
Otra conclusión que se desprende
del estudio, es que el profesorado concibe la educación intercultural en
términos de reflexión profunda sobre la educación actual, siendo muchos los
que, a su vez, opinan que no sólo se puede quedarse en ese aspecto reflexivo,
sino que se debe dar una respuesta práctica y ajustada a la realidad.
Ahora bien, es cierto que todavía
son pocos los docentes que contemplan la interculturalidad como una propuesta
crítica y transformadora en educación, sin embargo, existe una creciente
tendencia a concebir la interculturalidad no sólo en término de conocimiento cultural
(dimensión cognitiva), sino que los aspectos afectivos (dimensión emocional)
también sean considerados como claves fundamentales para llevar a la práctica
una auténtica educación intercultural.
Finalmente se subraya que el
profesorado valora muy positivamente la diversidad cultural que implica la
acogida de alumnado inmigrante en sus centros educativos, lo que confirma la
aceptación y valoración positiva de las diferencias culturales por parte de los
docentes de las escuelas interculturales. Además indica que el alumnado
inmigrante es considerado un buen alumnado, con predisposición al estudio y a
un comportamiento correcto y respetuoso con las normas de convivencia de la
institución escolar.
4. Conclusiones
En el apartado de conclusiones se
nos destaca la necesidad de formación del profesorado, en especial los equipos
directivos, en educación intercultural, con el objetivo de mejorar la misma,
dando unos ítems que según el autor resultan imprescindibles de adquirir para
todo docente.
5. Reflexiones al texto.
Creo que es de suma importancia la
preocupación por el tema de la interculturalidad, puesto que nuestro mundo cada
vez se hace más globalizado e interdependiente, y debemos de aprender a
funcionar, respetar, dialogar e interaccionar con todo tipo de culturas. De
esta manera, la escuela se convierte en uno de los medios fundamentales en el
que podemos aprender a convivir todo de una manera pacífica y solidaria
independientemente de nuestro origen. Es así por lo que nosotros, los docentes
(o futuros docentes), debemos de aprender a utilizar herramientas que fomenten
esta interculturalidad propuesta, y que la escuela no se quede simplemente en
un espacio multicultural sin más reflexión. Para ello, como defiende el
documento debemos de estar nosotros mismo comprometidos, y es que ya no estamos
hablando de los meramente resultados académicos, sino que estamos hablando de
EDUCACIÓN, de tratar de construir una sociedad futura, en la cual, impere el
respeto hacia todos, y se borre la discriminación, olvidando y borrando
prejuicios intolerantes, desde una base democrática. La escuela no debe ser
sólo el lugar en el que se aprenden ciertos conceptos, sino que debe ser también el lugar que eduque en valores, con
el objetivo de formar ciudadanos plenos, y construir una sociedad mejor, en lo
que la interculturalidad se convierte en una pieza clave de ello.
Participación de la comunidad escolar en la
institución educativa.
Introducción.
El texto de Silvino Diana
Vázquez trata brevemente de analizar la participación en
las instituciones educativas de nuestro país preferentemente en el siglo XX y
los cauces y vehículos mediante los cuales se hace efectiva dicha
participación, para ello lleva a cabo un recorrido cronológico de las leyes
educativas más importantes que se han dado en el país y del concepto de
participación en las mismas, centrándose de una manera más acentuada en la
LOGSE y en la LOPEGC, puesto que eran las normas vigentes en la fecha en la que
se redacta el documento, 1998.
1. Historia de la participación a través de las leyes educativas.
1.1. De principios de siglo hasta la ley de educación primaria de 1945.
La participación se producía de una
manera indirecta, y las acciones eran individuales, y sin ningún canal de
organización formal.
1.2. La ley de educación primaria de 1945.
Se define la escuela como comunidad
activa instituida por la familia, por lo que la participación queda implícita.
La familia tiene una serie de deberes para con la escuela:
-
Velar por la asistencia de sus hijos.
-
Participar con el maestro de forma activa en la
formación del niño.
-
Informarse periódicamente del aprovechamiento
escolar de sus hijos.
-
Cooperar al fomento y desarrollo de las
instituciones pedagógicas y asociaciones benéficas complementarias de la
escuela.
Se puede, además, apreciar como por
primera vez en un texto legal se recoge el verbo “participar”.
La ley de 1945 supone un avance
para la sociedad de la época.
1.3. Ley general de educación y financiamiento de la reforma educativa
de 1970.
Se avanza significativamente en
materia de participación, la cual, se refleja desde distintos sectores y formas
de intervención como las Asociaciones de padres, el claustro de profesores o un
Consejo Asesor, en el que están representados los padres de los alumnos.
1.4. Ley orgánica sobre el estatuto de centros escolares de 1980.
Regula principalmente la existencia
de asociaciones de padres en los centros escolares, la existencia de cuatro
representantes de los padres en el Consejo de Dirección y el derecho de los
alumnos a la participación en la vida de los centros.
1.5. Ley orgánica reguladora del derecho a la educación (LODE) de 1985.
Entre las aportaciones más
importantes podemos encontrar la participación de los padres en la gestión del
centro, el derecho de los alumnos a participar en el funcionamiento y vida del
centro o el reconocimiento de las asociaciones de padres de alumnos a
participar en los órganos colegiados del centro. Además recoge que la
participación también debe darse en los centros concertados mediante el Consejo
Escolar. Se formula el sentido de participación en todos los sectores: Consejo
Escolar del Estado, Consejo Escolar de la Comunidad y Consejos Escolares
comarcales o zonales.
1.6. Ley de ordenación general del sistema educativo (LOGSE) de 1990.
Destaca la participación como
factor para la consecución de los objetivos educativos. La participación se
entiende como un proceso implícito a la autonomía de gestión potenciada por las
distintas administraciones educativas.
1.7. Ley orgánica de la participación, evaluación y gobierno de los
centros educativos (LOPEGC) de 1995.
La participación aparece definida
en diversos contextos como la participación de la comunidad educativa en el
gobierno de los centros a través del Consejo Escolar o de los profesores a
través del claustro. Además se dice que las administraciones educativas deben
de reforzar la participación de los alumnos, lo que a su vez refuerza el
ejercicio de la participación democrática. Por último se destaca que la
participación de profesores, padres y alumnos se debe de dar tanto en las
actividades propiamente escolares, como en las extraescolares y
complementarias.
2. Órganos de participación en los centros públicos en LOGSE y LOPEGC.
(Se verá de una manera muy breve puesto que se realizó una presentación sobre
los órganos de participación en las instituciones educativas. (LOE))
La participación en la gestión
organizativa y pedagógica de los centros se realiza en el Consejo Escolar y en
el Claustro de Profesores. En la LOGSE el Consejo escolar tenía un mayor margen
de decisión y poder, que en la actual LOE. La participación de los alumnos se
da a través de las denominadas Juntas de Delegados, que deberán de ser oídas
por los órganos de gobierno del Instituto.
3. La participación en los centros concertados.
Los órganos de participación más
importantes son el Consejo Escolar, constituido de una manera algo distinta a
la de los centros públicos, y el Claustro de Profesores.
4. La Participación en los centros privados.
La LODE estableció que los centros
privados podrán definir la forma de participación de la comunidad educativa en
sus respectivos Reglamentos de Régimen Interior. La LOGSE y la LOPEGC no
modificaron esto.
5. La participación en las Comunidades Autónomas.
En cada Comunidad Autónoma existirá
un Consejo Escolar para su Ámbito territorial, cuya composición y funciones
están regulados por una ley de la Asamblea de la Comunidad.
6. La participación a nivel nacional: El Consejo Escolar del Estado.
Es el órgano de ámbito nacional
para la participación en la programación general de la enseñanza y de
asesoramiento en los proyectos de ley o reglamentos que hayan de ser dictados
por el gobierno. Sus funciones se extienden a todos los niveles educativos,
exceptuando el universitario.
7. Documentos institucionales de los centros que hacen posible la
participación.
Tenemos diversos documentos, quizás
el más importantes, es el Proyecto Educativo de Centro (PEC), el cual, se ve
acompañado por otros como el Reglamento de Régimen Interior (RRI), la
Programación General Anual (PGA) o el Proyecto Curricular de Etapa (PCE).
8. Reflexiones al texto
Hasta la promulgación de la LOGSE y
la LOPEGC, la participación y el grado decisivo de los órganos de la misma
fueron en aumento, sin embargo, a partir de estas, parece que se está dando un
retroceso como en la LOE y en la futura LOMCE. La LOE arrebata el poder de
decisión máximo al Consejo Escolar para ofrecérselo al Director del Centro. La
LOMCE (ley promulgada sin ningún tipo de consenso) sigue esta misma línea al
reducir competencias al Consejo Escolar, para ofrecérselas al Director. En el
texto de Silvino Diana se defiende que los centros educativos son subsistemas
pertenecientes a grandes sistemas sociales cuya organización y funcionamiento
es el reflejo del modelo de organización social existente. Por tanto, si
tomamos esto último como cierto, ¿Qué está ocurriendo con nuestra participación
ciudadana? ¿Se está debilitando nuestro poder de decisión en los últimos años,
para ofrecérselo a un mandatario único? ¿Se está debilitando el entusiasmo
demócrata? Son reflexiones que nos deberían de hacer pensar y reflexionar sobre
la dirección en la que se ve encauzada, ya no sólo la educación en general,
sino también el país en general, y su convicción de Estado demócrata y de
Bienestar, que quizás nunca haya calado en ciertos sectores de la clase
política.
No hay comentarios:
Publicar un comentario